Con fecha 15 de Abril se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 14/2020, por el cual, en su artículo único se procede a la extensión del plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias a presentar en la Agencia Tributaria para aquellos que su volumen de operaciones no supere los 600.000 € en el año 2019. Por tanto, las declaraciones presentadas a día de hoy como las que todavía no están presentadas, tienen un vencimiento de 20-05-2020 y de plazo hasta el 15-05-2020 para domiciliar su pago.